Política

Decreto de restricción al acceso de información pública: «atenta contra la libertad de expresión»

El Gobierno nacional dictó un decreto que establece una serie de restricciones al acceso a la información pública. La norma firmada por el presidente reglamenta algunos artículos de la Ley de Acceso a la Información Pública, sancionada en 2016, que no habían sido incluidos en la reglamentación de 2017. Y, además, amplía el listado de excepciones. Entre otras modificaciones, establece nuevas definiciones sobre los conceptos de “información pública” y “documento” y aumenta los motivos que brinda la ley para no responder un pedido de acceso.

Agustín Espada, investigador del Conicet y Doctor en Ciencias Sociales analizó las implicancias del decreto y afirmó que «en primera instancia, este decreto reglamentario cumple con una regla implícita del gobierno de desregular distintos ámbitos del derecho de nuestro país a través de decretos. En materia de libertad de expresión, particularmente en este aspecto que es el acceso a la información pública, es una mala práctica y atenta justamente contra el derecho a la libertad de expresión. Por otro lado, el gobierno lo que viene a hacer con este decreto es básicamente modificar una parte importante del espíritu de la ley al establecer una gran discrecionalidad para el Poder Ejecutivo para definir qué dato va a ser considerado de interés público y qué dato es considerado del ámbito privado. A través de este decreto el Gobierno se otorga un gran poder para determinar qué dato es información pública y qué dato es del orden privado de las personas que forman parte del gobierno». 

«El decreto crea una figura que es la de dato de naturaleza privada que lo que dice es que todos estos datos de naturaleza privada están exceptuados de la ley de acceso a la información pública», advirtió el investigador del CONICET. Además, Espada señaló que «esa figura está imprecisamente definida, está de manera muy laxa y por lo tanto, si bien, hay algunas cosas que nos parecen bastante claras que no van a ser objeto de esa ley, como por ejemplo, información como con quién cena el presidente, reuniones privadas que no terminan en un acto público. Toda esa información queda sujeta a esta categoría, pero es una categoría muy estirable y en el poder de un gobierno que está interesado en no dar información propia al público es sumamente peligroso». 

Según Agustín Espada, este decreto es la respuesta del gobierno a los diferentes pedidos de acceso a la información pública, «que han generado dentro de este gobierno alguna de las noticias más fuertes, como por ejemplo, los gastos de Javier Milei en sus viajes al exterior; el destino de esos fondos; cuál era la agenda del presidente en esos viajes; o sea, la certificación de que esos viajes que hizo el presidente al exterior tenían una agenda partidaria y no estatal».

Por último, el especialista evaluó las posibilidades de revertir este decreto y afirmó que, «en primera instancia esto podría ser llevado a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) como fue en su momento llevado el decreto que modificó el corazón de la Ley Servicios de Comunicación Audiovisual en el gobierno de Mauricio Macri y a través de un fallo de la Corte exigir una modificación, dar de baja este decreto y de esa manera volver a trabajar en un decreto reglamentario que respete el espíritu de la ley. Esta es la principal contradicción, porque este es un decreto reglamentario de una ley pero no se respeta la iniciativa». En cuanto a la vía parlamentaría, Agustín Espada consideró que «existe algún mecanismo posible, pero el sistema de mayorías y sobre todo, hay algo que dice Martín Becerra en una nota que publicó sobre este decreto que es que, Milei hace esto porque puede y porque nadie lo está controlando cuando lo deberían estar controlando.  En ese sentido, me parece que pensar que el Congreso puede llegar a revertir esa decisión es un poco utópico». 

Producción: Pasadas por alto